Llamada por llamada

Síguenos

  • Facebook
  • Twitter
  • Youtube

 

 

 

 

Con la implementación del Sistema de Llamada por Llamada, todos los usuarios de los servicios públicos móviles, independientemente de la modalidad de pago del servicio contratado al concesionario del servicio móvil, podrán acceder al concesionario de larga distancia que deseen les preste el servicio de larga distancia para las llamadas internacionales salientes.

 

La modalidad de pago contratada con el concesionario móvil (postpago, control y prepago) no condiciona la prestación del servicio por parte del concesionario de larga distancia.

 

OSIPTEL mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 002-2010-CD/OSIPTEL estableció las condiciones para la implementación del Sistema de Llamada por Llamada para los usuarios de los servicios móviles.